Indemnizacion Global

La Indemnización Global es una prestación que se otorga  a los trabajadores que sin tener derecho a pensión por jubilación, de retiro por edad y tiempo de servicios, cesantía en edad avanzada o invalidez, causen baja definitiva en el empleo.

La Indemnización Global consistirá en:

  • El monto total de sus cotizaciones con que hubiere contribuido a la Institución de conformidad con lo que establece el artículo 19 del Reglamento de Prestaciones de la Entidad, si acreditan haber laborado de uno a cuatro años de servicios.
  • El monto total de las cuotas señaladas en el punto anterior, más cuarenta y cinco días de su último sueldo básico, si acreditan haber prestado sus servicios de cinco a nueve años.
  • El monto de referencia, más noventa  días de su último sueldo básico, si laboró de diez a catorce años.

Trabajadores ó Empleados de base, que cotizan en la nómina 5 del Gobierno de la Ciudad de México (Trabajadores a Lista de Raya).

Unidad Departamental de Prestaciones Económicas de la Caja de Previsión para Trabajadores a Lista de Raya del Gobierno de la Ciudad de México.

  • Solicitud.
  • Baja definitiva.
  • Hoja de servicio expedida por el gobierno de la ciudad de México o la institución.
  • documentos que le sean requeridos.  


Todos los trámites son Gratuitos

Lunes a viernes en un horario de 9:00 a 14:00 horas

Presentar solicitud de pago de la Indemnización Global por escrito.

El derecho de los trabajadores titulares de la indemnización global o de sus beneficiarios prescribirán en un plazo de 5 años, contados a partir de la fecha en que legalmente se hicieran exigibles. 

Una vez transcurrido el tiempo de vigencia, NO PROCEDERÁ EL PAGO DE LA INDEMNIZACIÓN GLOBAL.

Publicado 22 Marzo 2017

Del artículo 7 al 103 del Reglamento de Prestaciones de la Captralir

Ubicación

Alcaldía Benito Juárez

Primer Piso en la Caja de Previsión para Trabajadores a Lista de Raya del Gobierno de la Ciudad de México

Entre eje 4 Xola y calle Toledo

Dirección: Calle Castilla 186 Colonia Álamos, Alcaldía Benito Juárez

Aclaraciones

Afectación de la Indemnización Global

La indemnización global podrá afectarse en los siguientes casos:

Si el trabajador tuviera algún adeudo con la Institución, su importe le será descontado, si fallece, el adeudo se cancelará de acuerdo a lo previsto por el artículo 133 del Reglamento de Prestaciones de la Entidad.

Por disposición de las autoridades competentes, cuando al trabajador se le atribuya la comisión de algún delito con motivo del desempeño de sus labores que involucre responsabilidad con el Gobierno del Distrito Federal o con la Institución y siempre que así se solicite.

"2.1 En este supuesto, la indemnización Global  se retendrá  hasta en tanto los tribunales dicten fallo absolutorio o bien el Gobierno del D.F.  o la Institución, según corresponda, revelen de responsabilidad al trabajador y, en circunstancias contrarias, se entregará el sobrante, si lo hubiere, después de cubrir la mencionada responsabilidad."

Cuando se trate de pensiones alimentarías, podrá ser afectada la indemnización global  en la proporción que ordenen los Tribunales Judiciales competentes.