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INDEMNIZACIÓN GLOBAL

La Indemnización Global es una prestación que se otorga a los trabajadores que, sin tener derecho a pensión por jubilación, de retiro por edad y tiempo de servicios, cesantía en edad avanzada o invalidez, causen baja definitiva en el empleo.

      La Indemnización Global consistirá en:

  • El monto total de sus cotizaciones con que hubiere contribuido a la Institución de conformidad con lo que establece el artículo 19 del Reglamento de Prestaciones de la Entidad, si acreditan haber laborado de uno a cuatro años de servicios.
  • El monto total de las cuotas señaladas en el punto anterior, más cuarenta y cinco días de su último sueldo básico, si acreditan haber prestado sus servicios de cinco a nueve años.
  • El monto de referencia, más noventa días de su último sueldo básico, si laboró de diez a catorce años.

Trabajadores ó Empleados de base, que cotizan en la nómina 5 del Gobierno de la Ciudad de México (Trabajadores a Lista de Raya).

Atención a Jubilados y Pensionados de la Caja de Previsión para Trabajadores a Lista de Raya del Gobierno de la Ciudad de México.

Teléfonos:

(55) 5590 5302, (55) 5590 5846, (55) 5590 8950 y (55) 5698 1300 Ext. 1270, 1129 y 1135



a) Requisitos de Indemnización Global (6%) para empleadas/os de Caja de Previsión para Trabajadores a Lista de Raya del Gobierno de la Ciudad de México (CAPTRALIR): 

1. Comprobante de servicios. Original y copia.

2. Credencial de elector. 2 copias.

3. Informe oficial de servicios prestados. Original y copia.

4.- Petición por escrito dirigido a quien corresponda. 2 Originales.

5. Constancia laboral o credencial del GCDMX. Original y copia.

6. Aviso de baja. Original y copia.

7. Último recibo de pago. Original y copia.

8. Estado de cuenta con clabe interbancaria a nombre del solicitante con vigencia no mayor a 2 meses. 2 copias.

b) Requisitos de Indemnización Global (6%) para las o los trabajadores a lista de raya del Gobierno de la Ciudad de México: 

1. Comprobante de servicios. Original y copia.

2. Credencial de elector. 2 copias.

3. Informe oficial de servicios prestados. Original y copia.

4. Petición por escrito dirigido a quien corresponda. 2 Originales.

5. Constancia laboral o credencial del GCDMX. Original y copia.

6. Aviso de baja. Original y copia.

7. Último recibo de pago. Original y copia.

8. Estado de cuenta con clabe interbancaria a nombre del titular con vigencia no mayor a 2 meses. 2 copias.

c) Requisitos para pago de Indemnización Global (6%) si existe viuda (o):

1.- Comprobante de servicios. Original y copia.

2. Credencial de elector de la viuda. 2 copias.

3. Informe oficial de servicios prestados. Original y copia.

4. Petición por escrito dirigido a quien corresponda. 2 Originales.

5. Acta de defunción. Original y copia.

6. Acta de matrimonio con fecha posterior a la defunción. Original y copia.

7. Constancia laboral o credencial del GCDMX. Original y copia.

8. Aviso de baja. Original y copia.

9. Recibo extraordinario. 2 copias.

10. Último recibo de pago. Original y copia.

11. Estado de cuenta con clabe interbancaria a nombre del beneficiario con vigencia no mayor a 2 meses. 2 copias.

d) Requisitos para el pago de Indemnización Global (6%) en caso de concubinato: 

1. Comprobante de servicios. Original y copia.

2. Credencial de elector del beneficiario. 2 copias.

3. Informe oficial de servicios prestados. Original y copia.

4. Petición por escrito dirigido a quien corresponda. 2 Originales.

5. Acta de defunción. Original y copia.

6. Juicio que acredite el concubinato. Original y copia.

7. Constancia laboral o credencial del GCDMX) Original y copia.

8. Aviso de baja. Original y copia.

9. Recibo extraordinario (en caso de ser necesario). 2 copias.

10. Último recibo de pago. Original y copia.

11. Constancia de soltería titular y beneficiario. 2 copias.

12. Estado de cuenta con clabe interbancaria a nombre del beneficiario con vigencia no mayor a 2 meses. 2 copias. 

e) Requisitos para el pago de Indemnización Global (6%) por defunción del titular (designación de albacea): 

1. Comprobante de servicios. Original y copia.

2. Credencial de elector del beneficiario. 2 copias.

3. Informe oficial de servicios prestados. Original y copia.

4. Petición por escrito dirigido a quien corresponda. 2 Originales.

5. Acta de defunción. Original y copia.

6. Acta de defunción del conyugue (en caso existente) Original y copia.

7. Acta de nacimiento del albacea. Original y copia.

8. Acta de matrimonio con fecha posterior a la defunción (en caso existente). Original y copia.

9. Constancia laboral o credencial del GCDMX. Original y copia.

10. Aviso de baja. Original y copia.

11. Recibo extraordinario (en caso de ser necesario). 2 copias.

12.- Testamento o juicio intestamentario con nombramiento de albacea. Original y copia.

13. Último recibo de pago. Original y copia.

14. Constancia de soltería titular. 2 copias.

15. Estado de cuenta con clabe interbancaria a nombre del beneficiario con vigencia no mayor a 2 meses. 2 copias.

f) Requisitos para el pago de Indemnización Global por defunción del titular (padres beneficiarios): 1. Comprobante de servicios. Original y copia.

2. Credencial de elector del beneficiario. 2 copias.

3. Informe oficial de servicios prestados. Original y copia.

4. Petición por escrito dirigido a quien corresponda.

5. Acta de defunción. Original y copia.

6. Acta de nacimiento del titular. Original y copia.

7. Constancia laboral o credencial del GCDMX. Original y copia.

8. Aviso de baja. Original y copia.

9. Recibo extraordinario (en caso de ser necesario). 2 copias.

10. Diligencia de información testimonial en vía de jurisdicción voluntaria ante el juez competente que acredite la dependencia económica por ascendencia. Original y copia.

11. Último recibo de pago. Original y copia.

12. Constancia de soltería. 2 copias.

13. Acta de nacimiento del beneficiario. Original y copia.

14. Estado de cuenta con clabe interbancaria a nombre del beneficiario con vigencia no mayor a 2 meses. 2 copias


                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                    Todos los Trámites son Gratuito

Lunes a viernes en un horario de 9:00 a 14:00 horas

Presentar solicitud de pago de la Indemnización Global por escrito

El derecho de los trabajadores titulares de la indemnización global o de sus beneficiarios prescribirá en un plazo de 5 años, contados a partir de la fecha en que legalmente se hicieran exigibles.

Una vez transcurrido el tiempo de vigencia, NO PROCEDERÁ EL PAGO DE LA INDEMNIZACIÓN GLOBAL.

Publicado 22 Marzo 2017



Ubicación

Alcaldía Benito Juárez

Caja de Previsión para Trabajadores a Lista de Raya del Gobierno de la Ciudad de México

entre Eje 4 Xola y calle Toledo a una calle del metrobus Álamos línea 2 cerca de metro Xola de la línea 2

Dirección: Calle Castilla 186 Colonia Álamos, Alcaldía Benito Juárez

Teléfonos:

(55) 5590-5302 Ext. 1270

(55) 5590-5846 Ext. 1129

(55) 5590-8950 Ext. 1135

Ext.

Horario del lugar:

Lunes a Viernes Horario:

Aclaraciones

  • Solo se tramitará la Indemnización Global a quien cumpla con todos y cada uno de los requisitos señalados en la normatividad vigente.


  • Afectación de la Indemnización Global 
  • La indemnización global podrá afectarse en los siguientes casos:
  • Si el trabajador tuviera algún adeudo con la Institución, su importe le será descontado, si fallece, el adeudo se cancelará de acuerdo a lo previsto por el artículo 133 del Reglamento de Prestaciones de la Entidad.
  • Por disposición de las autoridades competentes, cuando al trabajador se le atribuya la comisión de algún delito con motivo del desempeño de sus labores que involucre responsabilidad con el Gobierno de la Ciudad de México o con la Institución y siempre que así se solicite.
  • Cuando se trate de pensiones alimentarías, podrá ser afectada la indemnización global en la proporción que ordenen los Tribunales Judiciales competentes.


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