Baja de jubilados y pensionados, así como ayuda para gastos por defunción
¿Qué es?
Baja de Jubilados y Pensionados
Cuando fallezca un pensionado titular, los familiares o quien se haya hecho cargo de él deberá notificar la baja la Institución lo antes posible.
Ayuda Para Gastos por Defunción
Cuando fallezca un pensionado titular, la Institución entregará a sus familiares derechohabientes que se hubieren hecho cargo de la inhumación, el importe de 120 días de pensión por concepto de ayuda para cubrir los gastos del sepelio, mediante la presentación del acta de defunción y su correspondiente identificación.
Si el que promueve el cobro no fuera familiar derechohabiente del finado, estará obligado a presentar, además la factura de los gastos funerarios, siempre que no exista un reclamo previo por parte de familiares derechohabientes. En este supuesto únicamente se cubrirá el importe señalado en la factura siempre que no exceda de 120 días de pensión.
Familiares Derechohabientes y Responsables de los Jubilados y Pensionados de la Caja de Previsión para Trabajadores a Lista de Raya del Gobierno de la Ciudad de México.
Subdirección de Prestaciones de la Caja de Previsión para Trabajadores de Lista de Raya del gobierno de la Ciudad de México
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Baja de Jubilados y/o Pensionado
- Acta de defunción con identificador electrónico, original y copia.
- Copia de la credencial de pensionado por ambos lados.
- Copia de la credencial del INE por ambos lados de la persona que notificará la baja.
Gasto de Defunción
- Acta de defunción con identificador electrónico, original y copia.
- Credencial de jubilado(a) y/o pensionado(a), dos copias por ambos lados.
- Recibo de pago del jubilado(a) y/p pensionado(a) del mes y año en el que falleció, dos copias.
- Factura de la funeraria, original y copia (el titular de la factura será quien realice el trámite). Se pagará con transferencia a la persona cuyo nombre aparezca en la factura de gastos de sepelio.
- Credencial de INE del titular de la factura, dos copias.
- Estado de cuenta del titular de la factura, el cual contendrá número de cuenta y clave interbancaria, dos copias.
- C.U.R.P del jubilado(a) y/o pensionado(a), dos copias.
- Acta de matrimonio con identificador electrónico, original y copia. (Si quien tramita es la esposa o el esposo supérstite).
- Acta de nacimiento con identificador electrónico, original y copia (Si quien tramita es hijo).
- En caso de concubinato, presentar copia certificada del juicio de acreditación de concubinato expedido por el juez de lo familiar.
Todos los Trámites son Gratuitos
El horario y días de atención serán conforme al calendario de actividades publicado en la página de internet de la CAPTRALIR.
Deberá presentarse en las oficinas de la Baja y Gastos de Defunción, en Planta baja de esta Institución, con los requisitos necesarios.
Aclaraciones
- No se recibirá la documentación si falta un requisito.
- En caso de existir incongruencia entre la documentación antes mencionada, se podrán pedir otros documentos
- El trámite deberá realizarlo el titular de la factura (no se reciben facturas con: endoses, copias certificadas, ni carta poder, ni de aseguradoras, ni constancias)
- No se recibirá documentación si no presentan la credencial de elector original.
- Si no cuenta con la credencial del jubilado(a) y/o pensionado(a), deberá presentar un acta de extravío otorgada por la alcaldía más cercana a su domicilio, la cual debe incluir el nombre del jubilado(a) y/o pensionado(a), el número de patente, así como que la credencial fue expedida por la Caja de Previsión para Trabajadores a Lista de Raya del Gobierno de la Ciudad de México.
- En caso de no contar con factura, se recibirá comprobante de pago de la funeraria, únicamente a familiares derechohabientes.